Por los interesados
- Nuevos Certificados Médicos;
- Nuevos Certificados de Antecedentes Penales;
- El Certificado a que hace referencia el Art. 17 del Convenio de la Haya, emitido por la Autoridad Central correspondiente;
- Un certificado de que el seguimiento post-adoptivo del menor se llevará a cabo por la autoridad competente en el país receptor con una periodicidad semestral durante 2 años a partir de la constitución de la adopción.