El 23 de septiembre de 2022 ha entrado en vigor el Reglamento de Adopción que viene a sustituir al de 2017, siendo los cambios más significativos en adopción nacional. No obstante, las novedades importantes ya se dieron con las Directrices de 2015. Con esta nueva legislación, pretenden dar observancia a las notificaciones del Gobierno y solucionar retrasos en los juzgados, Comités de Bienestar Infantiles así como en la confección de los Informes Sociales (en el caso de los nacionales). Estiman que con estos cambios más niños, que ya se encuentran en situación de desamparo, podrán entrar en el sistema de adopción y por lo tanto aligerar los tiempos de espera.
Situación Jurídica del menor:
El menor viene con adopción plena
Firmado el Convenio de la Haya (01/10/2003)
El país exige la tramitación por agencia autorizada (AFAA).
Requisitos de los adoptantes:
- Deben ser física, mental y emocionalmente estables. No deberán padecer ninguna enfermedad contagiosa o terminal o estar en una situación física o mental que les impida cuidar al niño.
- Se ha revisado el criterio de la edad que queda establecido como sigue:
Edad del menor |
Edad máxima conjunta de los padres (matrimonio) |
Edad máxima de familias monoparentales |
De 0 a 2 años |
85 años |
40 años |
De 2 a 4 años |
90 años |
45 años |
A partir de 4 años hasta 8 |
100 años |
50 años |
A partir de 8 años hasta los 18 |
110 años |
55 años |
La edad de los padres será la de la fecha de registro en India. En la suma de la edad del matrimonio, se tienen en cuenta además de los años cumplidos, los meses transcurridos.
- Pueden tener un máximo de 2 hijos para poder ser considerados idóneos (excepto si su solicitud es para niños de necesidades especiales).
- En el caso de solicitud conjunta, es requisito del país mínimo 2 años de matrimonio estable.
Procedimiento:
Una vez que el OAAI tiene todos los documentos de la familia debidamente apostillados, traducidos al inglés (traducción jurada) y legalizados, se procede al registro online a través de la web del CARA (Organismo Central de Recursos de Adopción en India).
La solicitud de edad del menor solo puede realizarse en tramos pares, es decir: de 0 a 2, de 2 a 4, etc.
El CARA valora la elegibilidad de los futuros padres y una vez aceptada su solicitud entran en la lista de espera. Tomando en consideración la antigüedad en el registro de la familia, se enviará a través de la web una preasignación.
No se puede hacer un cálculo certero del tiempo hasta la preasignación ya que se producen cambios en la espera según las familias registradas por rangos. El país no proporciona información acerca del puesto de las familias adoptantes en las listas ni del tiempo de espera previsto.
En caso de que las circunstancias de la familia cambien durante la espera de la preasignación debe ser comunicado a la administración para la elaboración de un nuevo informe psicosocial y actualización de la información en el país de origen de los menores.
En el caso de que un menor se incorpore a la familia o bien por un proceso adopción paralelo, o bien por paternidad biológica, nuestra legislación permitiría la paralización del expediente durante un año, pero la legislación india obliga a cerrar el expediente en el CARA y en caso de que la familia manifieste su intención de continuar el proceso iniciado volver a registrar de nuevo cuando se cumplan los requisitos, sin mantener la antigüedad anterior.
Una vez recibida la preasignación, el organismo competente en materia de adopción internacional de la comunidad autónoma, a la que pertenece la familia, estudiará el caso y si se adecúa a la solicitud y certificado de idoneidad se pondrá en contacto con la familia para su aceptación. En cambio, uno de los nuevos cambios de la normativa establece que si tras recibir 2 propuestas de asignación no se acepta a ninguno de los menores, se excluirá su solicitud durante 1 año, tras lo cual deberán volver a registrarse y comenzar de cero.
Para la aceptación de la preasignación (incluida la valoración de la comunidad autónoma) tenemos 96 horas. Una vez aceptada la asignación por la familia la administración competente deberá elaborar un documento por el que manifieste su acuerdo a la continuación del procedimiento de adopción, según lo establecido en el Art.17.C del Convenio de la Haya.
Se mandarán los documentos pertinentes para que el CARA emita el NOC (No Objection Certificate) y comenzará el proceso judicial para la obtención de la resolución adoptiva del menor o menores.
El procedimiento judicial tiene sus peculiaridades en cada Estado e incluso puede variar ligeramente según el DCPU o el Magistrado de Distrito asignado por lo que se estudiará cada caso independientemente.
No se obliga a mantener una convivencia con el menor en el país de origen y por regla general se realiza un solo viaje de duración indeterminada.
Una vez obtenida la resolución adoptiva comienza la solicitud del pasaporte.
La salida de la familia de India se realiza por dos vías dependiendo del estado de origen del menor:
- Nueva Delhi (obtención del Visado de salida en la embajada): Andaman and Nicobar; Arunachal Pradesh; Assam; Bihar; Delhi; Haryana; Himachal Pradesh; Jammu and Kashmir; Jharkand; Madhya Pradesh; Manipur; Meghalaya; Mizoram; Nagaland; orissa; Punjab; Rajasthan; Sikkim; Tripura; Uttar Pradesh; Uttarkhand; West Bengal.
- Mumbai (obtención del visado de salida en el consulado): Andhra Pradesh; Chhattisgarh; Goa; Kamataka; Kerala; Tamil Nadu; Dadra and Nagar Haveli; Daman and Diu; Pondicherry
TIEMPO DEL PROCEDIMIENTO EN EL PAÍS
- REGISTRO EN EL PAÍS: El registro se realiza automáticamente vía web, una vez aportada la documentación por la familia y la administración, apostillada y traducción jurada legalizada.
- PREASIGNACIÓN: Ya hemos comentado en otros apartados que los tiempos de espera para la preasignación son difícilmente cuantificables. Desde las nuevas directrices el país funciona con normalidad y podemos establecer una media superior a cuatro años desde el registro en el CARA aunque esto puede variar según disponibilidad de menores para adopción y el perfil de los adoptantes. Normalmente cuanto mayor es la edad de los menores más se reduce el tiempo de espera. Cuando la solicitud es para grupos de hermanos el tiempo de espera suele ser menor.
- OBTENCIÓN DEL NOC (No Objection Certificate) desde CARA: Para la obtención del NOC la familia debe aportar documentación nueva, así como el OAAI y la administración competente. Su emisión depende de la celeridad de obtención de esta documentación. En ocasiones puede demorarse por la espera de los informes originales del menor desde el orfanato ya que tienen que ser firmados ante notario y apostillados. El orfanato también debe, a su vez, aportar documentación para la emisión del NOC por lo que también puede demorarse si falta algún documento o tiene algún fallo. Desde la aportación de toda la documentación el tiempo de espera del NOC puede ser de 10 a 20 días aunque puede variar según festivos y la realización de las reuniones periódicas del CARA.
- PROCEDIMIENTO JUDICIAL: Una vez enviado el expediente físicamente a India, el orfanato debe presentarlo al DCPU (Unidad de Distrito de Protección del Menor) que examinará el expediente, y posteriormente se remitirá al Magistrado de Distrito, quien emitirá la resolución adoptiva.
- OBTENCIÓN RESOLUCIÓN ADOPTIVA: Una vez firmada la resolución adoptiva tarda unos días en redactarse y tenerse físicamente. Según el trabajo del Magistrado de Distrito puede tardar entre 4 y 10 días.
- CERTIFICADO DE NACIMIENTO O BIRTH AFFIDAVIT: Una vez obtenida la firma del Magistrado de Distrito, el orfanato debe tramitar la obtención del Certificado de Nacimiento del menor para poder solicitar el pasaporte. En algunas oficinas de pasaporte permiten la solicitud del mismo con un Juramento firmado ante notario o Birth Affidavit por lo que el trámite se agiliza. La espera de la obtención del Certificado de Nacimiento depende de cada estado y de la diligencia del orfanato en estos trámites. Puede tardar entre 4 días y un mes.
- OBTENCIÓN DEL PASAPORTE: Una vez obtenido el Certificado de Nacimiento se solicita cita en la oficina del pasaporte, la cita se demora según la disponibilidad de la misma y en algunas ciudades grandes puede haber una demanda superior a la que pueden gestionar. Desde la primera cita la emisión del pasaporte debe tardar por ley 10 días.
- CERTIFICADO MÉDICO DEL MENOR: Para la obtención del visado de salida del menor es necesario aportar un Certificado Médico del mismo. Desde febrero 2019 la embajada lo solicita apostillado. En algunos orfanatos se encargan ellos mismos de este trámite, si no fuera así, nuestro representante os acompañará para realizarlo.
- APOSTILLADO EN INDIA: El certificado de nacimiento, resolución adoptiva y certificado médico deben ser apostillados para entregarlos en la embajada. De este trámite se encarga nuestro representante en India.
- CERTIFICADO DE CONFORMIDAD DEL CARA: Cuando el CARA recibe la resolución adoptiva debe emitir el certificado de Conformidad para la adopción o Artículo 23.
- VISADO DE SALIDA DEL MENOR: Se obtiene en la embajada (Nueva Delhi) o consulado (Mumbai) con la aportación de los documentos solicitados.
- VISADO DE SALIDA DE LA FAMILIA: Una vez obtenido el visado del menor se solicita cita online y en 5 días hábiles se puede obtener el visado de salida en el FRRO.
* Los tiempos son relativos y siempre a expensas de que no suceda ningún inconveniente en el proceso. Se realiza una estimación con la media de los últimos tres años (como se estipula en el Reglamento) aunque desde Namasté rogamos encarecidamente a las familias que no se marquen un calendario cerrado por miedo a sufrimientos innecesarios en caso de que alguna fase del proceso se demore.
Documentación:
- Documentación para el registro en CARA
- Documentación para Familias Monoparentales
- Documentación para parejas
- Documentación tras la preasignación
- Documentación para el Viaje
Organización del viaje:
Los costes del viaje como aviones y hoteles no entran en las tarifas ni en las funciones de Namasté, aunque sí te aconsejaremos desde aquí para que todo salga lo mejor posible.
Antes se realizaba de forma voluntaria, pero desde la puesta en vigor del Reglamento Real Decreto 165/2019, de 22 de marzo, es obligatorio que durante vuestra estancia en India estéis acompañados en todo momento de nuestro representante. Por lo que las fechas de los viajes se establecerán también en concordancia con su disponibilidad.
Seguimientos:
Se exigen 6* seguimientos realizados por la administración u organismo autorizado:
- El primer año 4 seguimientos cada 3 meses
- El segundo año 2 seguimientos cada 6 meses.
*el número de seguimientos puede variar por requerimiento del Magistrado de Distrito que firma la resolución de adopción.
Los seguimientos deben ir acompañados de 1 fotografías del menor y 1 fotografía en familia impresas en tamaño 15 x 20 cm (4 copias de cada una).
Direcciones de interés:
EMBAJADA DE ESPAÑA EN NUEVA DELHI
12, Prithviaj Road. New Delhi 110011
Tel: (+91) 11 4129 3000
Fax: (+91) 11 4129 3020
Correo: emb.nuevadelhi@maec.es
Atención de Visados, de lunes a jueves de 9 a 12
Atención consular, de lunes a jueves de 9 a 13
CONSULADO ESPAÑOL EN MUMBAI
Cónsul General: D. Eduardo Quesada
Expréss Towers, 3rd floor;
Barrister Rajni Patel Marg,
Nariman Point- Mumbai-400021
Horario para visados: De lunes a jueves de 9 a 13
Teléfono: +91 22 22880213/19
Fax: +91 22 22880254
E-mail Consulado: cog.mumbi@maec.es
E-mail para visados: cog.mumbai.vismaec.es
CENTRAL ADOPTION RESOURCE AGENCY (CARA)
West Block – VIII, Wing-II, Floor-II
R. K. Puram
110066 NEW DELHI
Número de adopciones:
Sacado de la página web del CARA
Año |
Nacional |
Internacional |
2013-2014 (April’13 to March’14) |
3924 |
430 |
2014-2015 ( April’14 to March’15) |
3988 |
374 |
2015-2016 (April’15 to March’16) |
3011 |
666 |
2016-2017 (April’16 to March’17) |
3210 |
578 |
2017-2018 (April’17 to March’18) |
3276 |
651 |
2018-2019 (April’18 to March’19) |
3374 |
653 |
2019-2020 (April’19 to March’20) |
3351 |
394 |
2020-2021 (April’20 to March’21) |
3142 |
417 |
2021-2022 (April’21 to March’22) |
2991 |
414 |
2022-2023 (April’22 to March’23) |
3021 |
337 |
INFORMACIÓN DEL PAÍS
Un país de más de mil millones de habitantes, con treinta idiomas diferentes y alrededor de 2.000 dialectos aunque se admita como oficiales el hindi y el inglés. Un país de misterio, complejidad y fuertes contrastes.
El país más espiritual y uno de los más fascinantes. Por todo ello, la India, no es una nación, sino un mundo.
La India se encuentra dividida en 29 estados y 7 territorios y nuestro/s futuro/s hij@/s puede venir de cualquiera de los estados :
29 estados
6 Territorios de la Unión
A. Islas Andamán y Nicobar B. Chandigarh C. Dadra y Nagar Haveli D. Damán y Diu E. Laquedivas G. Pondicherry
Territorio de la capital nacional |